miércoles, 25 de mayo de 2011

Prodeco sigue empotrada en su disfraz de mansa oveja

La Trasnacional Suiza GLENCORE A.G., por medio de su filial en Colombia C. I. PRODECO S.A., lideran un ATAQUE FRONTAL contra los trabajadores sindicalizados en la zona carbonífera de Colombia, adoptando represalias como las citaciones a descargos y sanciones disciplinarias injustificadas; así como los despidos de trabajadores. Argumenta públicamente y ante las directivas sindicales que es fiel cumplidora de la ley y que respeta los derechos de los trabajadores, pero en la práctica hace todo lo contrario, destacándose como la principal empresa perseguidora del movimiento sindical y castigadora de los trabajadores que optan por el derecho mundial de sindicalización, como mecanismo de unidad para la defensa de sus derechos. Frente al despido injusto de un obrero sindicalizado en La Mina Calenturitas, los trabajadores realizaron una protesta pacífica colectiva. La respuesta de la empresa PRODECO (GLENCORE), frente al ejercicio del derecho a la protesta (CN. art. 37), fue el despido de más trabajadores. En días pasados había sido despedido el trabajador IVAN MESA y, el pasado 23 de Mayo, fue despedido, también de manera injusta e ilegal, el directivo sindical LUIS SANTIAGO, quien es miembro de la COMISIÓN DE RECLAMOS de la Junta Directiva Nacional de Sintramienergética. Este despido se hace sobre la base de acusaciones falsas, no probadas, hechas por los supervisores y personal ejecutivo de la empresa. Además los despidos se hacen en el marco del FUERO CIRCUNSTANCIAL previsto en el artículo 25 del Decreto 2351 de 1965, según el cual no se puede efectuar despidos de trabajadores mientras subsista un conflicto colectivo de trabajo, el cual sólo termina con la firma de una Convención Colectiva de Trabajo o de un Laudo Arbitral, que resuelva el pliego de Peticiones presentado por Sintramienergética Seccional Santa Marta en noviembre de 2008 y que aún PRODECO no ha resuelto y, además le pone trabas al desarrollo del tribunal de arbitramento instalado por el Ministerio de la Protección Social. Asimismo, desconoce el fuero de directivo que cobija al compañero despedido. Condenamos esta práctica de sembrar el terror y la zozobra entre los trabajadores sindicalizados, quienes ven vulnerados sus derechos elementales relativos al derecho de asociación. Al mismo tiempo, exigimos el reintegro de estos trabajadores.

ACUERDO FINAL ENTRE SINTRAMIENERGETICA EL BAGRE Y MINEROS S.A.