miércoles, 27 de abril de 2011

Una playa al carbón

Nos pareció muy interesante este articulo que a continuación leerán, y nos trae a remembrar el famoso Poema "Cuando los nazis vinieron...", que también es conocido como " y por mi vinieron", que trata acerca de las consecuencias de no resistir las tiranías en los primeros intentos de su establecimiento, escrito por Martín Niemöller, es exactamente lo que vive el pueblo samario hoy en día a consecuencia del carbón, ojala no sea tarde cuando se quiera despertar por el daño ecológico al medio ambiente y turístico por el transporte del mineral, no hay regalía que cure esta fatalidad.

Una playa al carbón


El aviso es claro: cuidado con el tren. Entonces, hay que detener el auto y acercarse muy despacito a la carrilera. Uno rogaría por tener en la defensa una cámara inteligente que mirara para lado y lado para sortear ese obstáculo tan azaroso con menos peligro, pero qué va. A veces la vegetación cercana es tan tupida que es necesario bajarse a mirar y luego correr a meter primera para pasar rapidito. Uff. No me parece raro que no haya una barda que se baje, ni un timbre que repique, ni un semáforo en rojo. Porque esas son cosas que usan los Desarrollados por allá lejos. Nosotros no necesitamos de eso para pasar porque somos de profesión peligro y de apellido idiotas.
Como no me parece raro que a las autoridades no las preocupe en lo más mínimo el daño ambiental que causa esa operación carbonera en la (lo decíamos antes todos orgullosos) bahía más linda de América. Porque esas también son preocupaciones de gente desarrollada y nosotros practicamos a pie juntillas el lema: todo por la plata. Lo que haya que hacer, pero que esos pesitos del carbón no se nos vayan por ponernos cismáticos. De pronto se molestan esas empresas de países desarrollados si les exigimos esas cosas tan básicas. Y no me parece raro que quieran impulsar el turismo en Santa Marta con hermosos videos y volantes que no muestran por ninguna parte la arena gris y el mar ennegrecido, porque nos gusta ensalzar la buena imagen de Colombia y porque somos matreros, hábiles en la trampa y la mentira.
Hace poco El Informador, el más antiguo periódico samario, publicó que el polvillo del carbón ya llega hasta Playa Blanca. ¡Uao! Cuando hace unos años los turistas de Playa Blanca miraban a lo lejos la operación carbonera como un elemento más del ensoñador paisaje, ignorantes de lo peligroso y nefasto que podría ser ese inofensivo cuadro con los años. Parecen imágenes de la revolución industrial por allá en los albores del siglo XIX, cuando a nadie lo preocupaban el cambio climático, ni los recursos naturales, ni la protección del medio ambiente: esas fábricas que botan el desperdicio a los ríos como si nada y todos de picnic en el campo y tan campantes. Pero han pasado 200 años de aquello y no creo que haya una empresa del mundo desarrollado que pueda hacer una cosa parecida a la operación carbonera en Santa Marta sin tener que sufrir consecuencias terribles: multas, cierres, prohibiciones.
Los primeros en quejarse fueron los pescadores, pero eran solo pescadores y nadie les prestó atención. Pero luego fueron los hoteles, los propietarios de apartamentos en esa playa, los restaurantes. Toda la gente del sector ha puesto el grito en el cielo, pero nada. La operación continúa día y noche. No para.
Los daños ya se ven a simple vista. Si usted se baña en esas playas del sector Bello Horizonte sale con punticos negros en su cuerpo, diminutos. Y si pasa su mano por la arena le quedará la palma turbia. Y si vive cerca y deja las ventanas abiertas, tendrá que acostumbrarse al hollín por todas partes.
En Internet se cuentan por cientos las páginas en donde la gente protesta. La gente, digo, para nombrar a ese pocotón de colombianos indefensos. Nadie los tiene en cuenta. Tienen voz, pero no tienen voto, no influyen, porque son, como usted y como yo, una tropa de subdesarrollados que tratan de detener el progreso de empresas desarrolladas. Porque, como van las cosas, esa operación carbonera no genera ningún progreso en la región. Solo malestar ciudadano, un desastre ecológico, pérdidas por el turismo que se va y problemas de salud pública. Nada más.
-Nos tienen jodidos los trenes -me dijo alguien que jamás ha montado en un tren.
Pero tampoco eso me parece raro. Los raros, en últimas, somos nosotros, preocupados por una bahía, dizque la más linda de América. ¿Qué vamos a hacer con nosotros?

Causal de despido por pensionarse el trabajador es voluntario, no obligatorio


Causal de despido por pensionarse el trabajador es voluntario, no obligatorio.
El Código Laboral establece como causal de despido con justa causa el reconocimiento al trabajador de la pensión de la jubilación o invalidez estando al servicio de la empresa. Pero dicha causal es potestativa, no obligatoria en el sector privado
Una de las causales para terminar el contrato de trabajo de un empleado, sin que se genere el pago de Indemnización, es que al trabajador se le haya reconocido su pensión de vejez o invalidez, pero para aplicar dicha justa causa, el empleador debe tener varios aspectos en cuenta, de lo contrario, el despido se convertiría injustificado y le nacerá al trabajador el derecho a reclamar indemnización por despido injusto.
Veamos primero la norma:
Articulo 62. Terminación del Contrato por Justa Causa.: Son justas causas para dar por terminado unilateralmente el contrato de trabajo: 
A). Por parte del Empleador:
1.      
14. El reconocimiento al trabajador de la pensión de la jubilación o invalidez estando al servicio de la empresa.

Aspectos a tener en cuenta para aplicar dicha causal de despido

Si la empresa va a hacer uso de la justa causa de despido, por la nueva condición de pensionado de su trabajador, debe tener en cuenta los siguientes tres aspectos.
1. Potestativo y no Obligatorio la aplicación de la causal en el sector privado.
Como toda causal, es potestativo del empleador determinar si la aplica o no, eso significa que en el sector privado, si el empleador quiere continuar con su trabajador a pesar de que ya está pensionado, es su decisión y punto.
Recuerde, si la empresa desea continuar con el trabajador con su nuevo estatus de pensionado o va a contratar a alguien que ya lo está, debe informar al operador de PILA para que por dicho trabajador NO se cobre el porcentaje de cotización a pensiones.
2. Término para aplicar la causal del despido.
Sobre éste particular se debe tener mucho cuidado, pues mucho empleador cree que por el hecho de que el trabajador ya tiene la calidad de pensionado, puede utilizar dicha causal consagrada en el numeral 14 del artículo 62 del Código Laboral en cualquier momento.
Craso error, pues pretender utilizar dicha causal después de 7, 8 o 9 meses de que el trabajador adquirió su condición de pensionado, desfigura dicha causal y por ende, son otros los motivos ocultos que tuvo el empleador para despedir al trabajador y pretende darle legalidad a dicho despido.
De tal manera que dicha causal, para que se considere justa, el empleador deberá aplicarla en un término muy corto de días o semanas, una vez el trabajador adquiere la condición de pensionado, de lo contrario, sería otro motivo oculto que conllevó a la decisión.
3. Proceso de notificación del despido por justa causa
Lo primero que debemos tener claro, es que NO es causal de despido que el trabajador cumpla con los requisitos de vejez nada mas, es menester que el trabajador haya sido notificado de la resolución de pensión (vejez o invalidez) y esté efectivamente en la nómina de pensionados. Lo anterior, es con el fin que el trabajador en el momento en que deje de recibir salarios, va a empezar o ha empezado a recibir su mesada pensional, por lo que no quedará en ningún momento con un desamparo económico.
Ahora, una vez el empleador tenga conocimiento de la condición de pensionado de su trabajador y quiera hacer uso de la Justa Causa de Despido para terminar el contrato de trabajo, (Numeral 14 del Art. 62 del C.S.T.), no puede inmediatamente terminar su contrato ese mismo día. Es obligatorio preavisarle con una antelación mínima de 15 días, pues así lo establece la parte final del Literal b, del artículo 62 del C.S.T., veamos.
“… En los casos de los numerales 9 a 15 de este artículo, para la terminación del contrato, el empleador deberá dar aviso al trabajador con anticipación no menor de (15) días.”

Periodo de protección laboral


Periodo de protección laboral
Se le llama periodo de protección laboral, al derecho que tiene el trabajador dependiente o independiente a que se le siga atendiendo en la respectiva EPS durante 30 días una vez suspendida la cotización a seguridad social por terminación del contrato de trabajo, o por pérdida de capacidad económica si se trata de un trabajador independiente.
Este beneficio lo contempla el decreto 806 de 1998 en su artículo 75:
Del periodo de protección laboral.
Una vez suspendido el pago de la cotización como consecuencia de la finalización de la relación laboral o de la pérdida de la capacidad de pago del trabajador independiente, el trabajador y su núcleo familiar gozarán de los beneficios del plan obligatorio de salud hasta por treinta (30) días más contados a partir de la fecha de la desafiliación, siempre y cuando haya estado afiliado al sistema como mínimo los doce meses anteriores.
Parágrafo. Cuando el usuario lleve cinco (5) años o más de afiliación continua a una misma Entidad Promotora de Salud tendrá derecho a un período de protección laboral de tres (3) meses, contados a partir de la fecha de su desafiliación.
Claro que el cubrimiento ofrecido por  la EPS no es total sino parcial tal como lo indica el artículo 76 del citado decreto:
Beneficios durante el periodo de protección laboral.
Durante el período de protección laboral, al afiliado y a su familia sólo les serán atendidas aquellas enfermedades que venían en tratamiento o aquellas derivadas de una urgencia. En todo caso, la atención sólo se prolongará hasta la finalización del respectivo período de protección laboral. Las atenciones adicionales o aquellas que superen el período descrito, correrán por cuenta del usuario.
Este beneficio busca garantizar la salud del trabajador que ha quedado sin empleo durante un tiempo prudente en el que se espera consiga un nuevo trabajo o adquiera nuevamente la capacidad económica para seguir cotizando.
Sin embargo, 30 días es un lapso bastante inferior al tiempo promedio que una persona requiere para emplearse nuevamente, el cual incluso puede superar los tres meses, tiempo que con la crisis económica que se avecina que ya deja un desempleo de aproximadamente un 15%, se incrementará.

Neumoconiosis de los mineros del carbón

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LA SUIZA GLENCORE AG., LIDERA ESTRATEGIAS ANTI -SINDICAL EN COLOMBIA


Boletín  Informativo
(Abril 23 de 2011)
LA SUIZA GLENCORE  AG.,  LIDERA  ESTRATEGIAS ANTI -SINDICALISTAS EN COLOMBIA
                                                
La  Trasnacional Suiza GLENCORE A.G.  y sus filiales  en Colombia  CARBONES DE LA JAGUA  C.D.J., CONSORCIO MINERO UNIDO  C.M.U.  y  PRODECO S.A., lideran en la zona carbonífera de Colombia, en cabeza de su presidente,  el Surafricano  GARY NAGLE, y   de su principal asesor  jurídico de todas las empresas en Colombia el  Dr. CARLOS MARTELO, reconocido en la historia laboral en este país  como abogado enemigo de las  organizaciones sindicales, una estrategia  anti-sindical en contra de los trabajadores, que cansados de tantos abusos y atropellos decidieron  afiliarse a esta Organización Sindical, para poder así reclamar sus derechos laborales.

 Esta trasnacional viene haciendo negociaciones  adelantadas de pactos colectivos, ofreciendo grandes cantidades de dinero, TRES MIL DOLARES (US 3.000) como bonificación por la firma del Pacto Colectivo  a  5 años, obstaculizando con esto  el proceso de negociación  que se lleva actualmente  con el sindicato  e impedir  de esa manera la afiliación de  los trabajadores.

Por otra parte discrimina a los trabajadores sindicalizados, estigmatilizandolos, quitándole derechos adquiridos, como las dotaciones de trabajo, bonos para alimentación, y otras cosas como llamarlos a descargos disciplinarios y suspenderles sus contratos de trabajo  como castigo por haberse afiliado a una organización sindical y poniéndolos de ejemplo a los trabajadores que persistan en acceder al derecho fundamental de Asociación.

En el mismo sentido, esta trasnacional Suiza y sus asesores vienen orquestando la dilatación de un tribunal de arbitramento, en la empresa PRODECO S.A.,  el cual lleva  28 meses y no ha podido ser instalado, gracias a la cantidad de eventos generados, con esto los trabajadores afiliados, no han podido recibir aumentos salariales desde el 2008, en el entendido que esta trasnacional suiza tampoco ha querido cumplir con el fallo de la Corte Suprema de Justicia de Colombia  que la obliga a cumplir con unos beneficios del laudo arbitral anterior.

 Cuando se pensaba que iba a ser instalado el tribunal  a principios de este mes, la empresa RECUSO al árbitro nombrado por el Sindicato en asambleas de trabajadores, situación novedosa,  no conocida en la historia laboral y sindical de este país. La recusación la fundamenta la empresa en que el árbitro nombrado por los trabajadores, es directivo sindical, es asesor  y pertenece a una organización de 2° grado.

La legislación vigente en Colombia,  consagrada en el artículo 454 del Código Sustantivo del Trabajo para estos casos establece: “No pueden ser  miembros de Tribunales de arbitramento las
personas que directamente o indirectamente hubieren intervenido en representación de las partes en los periodos o etapas de arreglo directo o conciliación”.  Situación que no ocurrió cuando se desarrollaron esas etapas, ante lo cual nuestro arbitro está  totalmente habilitado para iniciar  la representación  por los trabajadores.  

Los trabajadores Afiliados y que prestan sus servicios a  la empresa Prodeco S.A., en Asamblea efectuada el día 22 de Abril, en el municipio de la Jagua de Ibirico, RECHAZARON DE MANERA ENERGICA Y CONTUNDENTE,  la maniobra orquestada por la empresa para continuar la dilatación del Tribunal  y poder así continuar con el plan anti – sindical.  En la misma asamblea  se le RATIFICO  el nombramiento de nuestro  arbitro  y se le dio  RESPALDO TOTAL. 
Ante esta grave  situación anti - Sindical, se están haciendo las  denuncias respectivas, ante la Vicepresidencia de la Republica,  la OIT, la Embajada de Suiza, el  Congreso Norteamericano, el  Parlamento Europeo y a todos los sindicatos internacionales  para que presten su  SOLIDARIDAD ante  estas empresas trasnacionales, que únicamente le interesa es amasar más riqueza. 

VIVA SINTRAMIENERGETICA………………VIVA

VIVA LA REVOLUCION SINDICAL……………VIVA

VIVA LA UNIDAD DE LOS TRABAJADORES…….VIVA

FUERA LOS VENDE PATRIA……….FUERA