Si bien la
incapacidad que da el médico al trabajador es un derecho que debe respetar el
empleador, si el trabajador abusa de ella indebidamente o contabiliza mal los
días, se le podría despedir sin derecho a indemnización.
Los días de la incapacidad, ¿son hábiles o calendario?
Siempre serán calendario. Esto quiere decir que se
cuentan sábados, domingos y festivos, no importa que la incapacidad sea por una
enfermedad o accidente común o de carácter Profesional.
No se debe olvidar que la incapacidad es un tiempo según
el médico, en el cual la persona se recuperaría de la enfermedad o accidente,
por lo que sería ilógico creer que el cuerpo o la salud suspende su
recuperación durante los días domingos o festivos.
¿La incapacidad se contabiliza desde el día que el médico la
da, o a partir del día siguiente?
Se debe computar desde el mismo día que el médico la dio.
Por eso es que si el día lunes nos levantamos enfermos y no vamos a trabajar
por dirigirnos al médico y este nos da una incapacidad por un día, el martes
debemos presentarnos al trabajo.
Al lado de mi casa hay un Centro de Salud, la incapacidad
que me dan en este lugar, ¿sirve para justificar mi ausencia en el trabajo?
El sólo hecho de ser trabajador, significa que el
empleador lo debe tener afiliado a Seguridad Social y como tal, el médico que
debe atender al trabajador es el de la EPS, no el farmaceuta de la Droguería
del barrio, en tal sentido cualquier incapacidad expedida por un centro de salud difícilmente puede ser aceptada.
Pero si tengo Medicina Prepagada y son los médicos de esta
entidad quienes dan la incapacidad, ¿el Empleador me la tiene que aceptar como
justificante de mi ausencia?
Es claro que la Medicina Prepagada es un servicio adicional
en salud que se ofrece. En el caso nuestro convencionalmente existe la Póliza de hospitalizacion y cirugía, en donde todos trabajadores están adscritos.
De tal manera que la incapacidad que expide el galeno de la Medicina Prepagada
tiene toda la validez frente al empleador.
Pero la incapacidad que da el médico de la Medicina
Prepagada, ¿también la EPS la debe reconocer y pagar?
Por supuesto. Simplemente la persona lleva esa
incapacidad dada en Medicina Prepago ante su EPS y lo que hacen ellos es
transcribirla en papelería de la misma EPS y efectúan el respectivo pago. (sobre este tema próximamente nos referiremos mas a fondo)
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