martes, 31 de mayo de 2011

Corte Constitucional pidió agilizar a las EPS trámites para la entrega de medicamentos


La decisión se tomó tras determinar que la demora en el suministro de una medicina a una mujer que padecía de epilepsia terminó violando sus derechos fundamentales debido a “los innumerables requisitos para la entrega de un medicamento”, lo cuales, según el Alto Tribunal, son de responsabilidad de la empresa que provee los servicios de salud y no deben ser trasladados a los enfermos.
“Los trámites de verificación y autorización de servicios no podrán ser trasladados al usuario y serán de carga exclusiva de la institución prestadora de servicios”, explica la Corte a través de la sentencia T-1030 de 2010.
En el caso que provocó la decisión se detalla que la mujer, que padece de epilepsia focal con síndrome depresivo, el médico tratante le había formulado los medicamentos Fenobarbital, incluido en el Plan Obligatorio de Salud, POS, y Oxcarbamazepina, fuera de esa lista. El relato del caso demuestra que la paciente vio vedado su acceso a la salud por varios meses, tras la exigencia de varios trámites que le imponía la Nueva EPS.
Pese a que la mujer residía en el municipio de Ubaté, Cundinamarca, tuvo que trasladarse a Bogotá en varias oportunidades para tramitar las prescripciones de cada fórmula, por factores como la cantidad de pastillas, entre otras no sustanciales, que terminaron generando dilaciones en la entrega del medicamento, en detrimento de la salud de la enferma.

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